La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionó definitivamente la denominada Ley Ema, que crea el Programa provincial de Prevención y Abordaje Integral de la Violencia Digital en las escuelas públicas y privadas bonaerenses. La normativa fue aprobada en la sexta sesión ordinaria del 154° período legislativo tras unificar dos proyectos presentados por las diputadas Laura Clark y Mayra Mendoza.
Qué establece la ley
Según el texto aprobado, la Ley Ema busca garantizar una convivencia digital segura mediante políticas y herramientas destinadas a prevenir, detectar y abordar las distintas formas de violencia que pueden producirse en entornos virtuales. La normativa define la violencia digital como aquellas conductas que, por medio de tecnologías, pueden provocar daños físicos, psicológicos, económicos, patrimoniales, sexuales o morales contra niñas, niños y adolescentes.
- Alcance: escuelas públicas y privadas de la provincia de Buenos Aires.
- Objeto: prevención, detección y abordaje integral de la violencia digital.
- Situaciones incluidas: obtención, reproducción o difusión sin consentimiento de material íntimo, entre otras conductas de ciberacoso y violencia de género digital.
El proyecto obtuvo media sanción previa del Senado a principios de octubre y regresó a la Cámara de Diputados luego de la unificación de las iniciativas. En los fundamentos de la propuesta, los impulsores recuerdan el caso de la adolescente que da nombre a la ley, cuya familia impulsó el proyecto original.
“Lo que acordamos con la familia de Ema, la autora del proyecto y su equipo es hacer un dictamen que unifique las dos propuestas que tienen diferentes aristas, pero que finalmente buscan lo mismo”, dijo la diputada Laura Clark durante el tratamiento en la Cámara.
Implementación y responsabilidades
La normativa plantea la implementación de mecanismos institucionales en el sistema educativo provincial para la prevención y el abordaje de las situaciones de violencia digital. Si bien el texto aprobado incorpora disposiciones orientadas a la detección temprana y al acompañamiento de las víctimas, el articulado específico sobre competencias, cronogramas y fuentes de financiamiento quedará detallado en los reglamentos que deberán dictarse posteriormente por la administración provincial.
| Elemento | Alcance |
|---|---|
| Programa provincial | Escuelas públicas y privadas de la provincia de Buenos Aires |
| Conductas contempladas | Difusión sin consentimiento de material íntimo, ciberacoso, violencia digital de género, entre otras |
| Origen del proyecto | Iniciativas unificadas de las diputadas Laura Clark y Mayra Mendoza; proyecto impulsado por la familia de Ema |
Las diputadas que promovieron la ley presentaron la unificación con el argumento de que, aunque las propuestas tenían “diferentes aristas”, compartían el objetivo de proteger a las infancias y adolescencias frente a la violencia en entornos digitales.
Con la sanción definitiva en la Cámara de Diputados, corresponde ahora que la provincia avance en la reglamentación y en la articulación con los equipos educativos para que las escuelas dispongan de los protocolos, los canales de orientación y las herramientas de prevención que propicia la ley.