La provincia de Misiones aprobó una ley que incorpora un sistema de financiamiento privado para clubes, asociaciones y otros actores del deporte. La norma crea el Régimen Provincial de Sponsorización y Tutoría del Deporte, una herramienta que permitirá canalizar aportes de personas y empresas hacia proyectos deportivos con objetivos, presupuestos y mecanismos de seguimiento.
La iniciativa fue impulsada por Sebastián Macias, presidente de la Cámara de Representantes. De acuerdo con los fundamentos citados por Revista Códigos, el propósito es actualizar el esquema existente y orientar los recursos hacia propuestas concretas, con metas e indicadores que permitan revisar el cumplimiento de los compromisos asumidos.
Una plataforma para presentar proyectos y registrar aportes
El régimen funcionará mediante una plataforma digital pública y gratuita, bajo la órbita del Ministerio de Deportes de Misiones. Allí se podrán cargar y evaluar iniciativas, consultar cuáles fueron aprobadas, establecer vínculos con posibles sponsors o tutores, documentar los desembolsos y presentar las rendiciones correspondientes.
- También se pondrá en funcionamiento un Banco Digital de Proyectos Deportivos.
- La ley crea registros provinciales de entidades beneficiarias y de sponsors y tutores.
- Podrán postularse clubes, asociaciones, fundaciones y otras organizaciones civiles deportivas.
- El régimen incluye a deportistas federados y a profesionales con título habilitante.
Los fondos podrán aplicarse a la formación de atletas, la participación en competencias, el crecimiento de distintas disciplinas, la construcción o mejora de infraestructura y los programas de inclusión. La norma establece una atención preferente para el deporte de niñas, niños y adolescentes, las propuestas juveniles, el desarrollo femenino, el deporte adaptado y paralímpico, además de los clubes de barrio y las obras comunitarias.
Créditos fiscales según el tipo de iniciativa
El mecanismo prevé que quienes realicen aportes puedan acceder a créditos fiscales, siempre dentro de los límites y cupos que determine el sistema y después de acreditar que el dinero fue efectivamente entregado. El porcentaje varía de acuerdo con el destino del proyecto.
| Destino del aporte | Crédito fiscal previsto |
|---|---|
| Proyectos generales | Hasta el 30% |
| Deportistas individuales | Hasta el 40% |
| Iniciativas prioritarias | Hasta el 50% |
La ley dispone controles, documentación respaldatoria y sanciones ante un uso incorrecto de los recursos. Para distinguir a quienes participen del esquema, también establece el Sello Sponsor del Deporte Misionero y el Premio Provincial al Sponsor y Tutor Deportivo. La implementación quedará vinculada al Ministerio de Deportes, que deberá administrar la plataforma, los registros y el circuito de evaluación de los proyectos.
Para los clubes de barrio, el régimen abre una vía institucional para presentar necesidades de infraestructura, formación o participación competitiva ante posibles aportantes. La prioridad fijada para las infancias, las juventudes, el deporte femenino y las disciplinas adaptadas ubica a esos sectores dentro de los objetivos centrales de la política deportiva provincial, junto con los municipios con menor desarrollo relativo y los espacios de uso comunitario.